Fecha de Publicación: 
Martes, 2 Enero, 2024
Anualidad: 
2023
Fecha límite de presentación: 
Viernes, 2 Febrero, 2024

Bases Convocatoria Fondo de Cohesión Territorial 2023
La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación provincial de Burgos, aprobó con fecha 14 de diciembre de 2023, la resolución por la que se abre el plazo de presentación de proyectos de actuaciones subvencionables al amparo de la orden PRE/804/2022, de 30 de junio, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León , por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones de entidades locales del Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León.

Beneficiarios: Los Municipios de la provincia de Burgos con población inferior o igual a 1.000 habitantes.
Objeto y financiación de las inversiones: Financiación de inversiones en infraestructura y equipamiento de servicios municipales mínimos y obligatorios e infraestructura y equipamiento de otros servicios de interés comunitario local prestados por las Entidades locales.
La inversión inicial programada asciende a 2.636.072,30 €, de los cuales, 1.318.036,15 € son de aportación autonómica (máximo 50% de subvención Junta de Castilla y León), 659.018,90 € corresponden a la aportación global de los ayuntamientos beneficiarios (mínimo 25% de la inversión inicial prevista) y 659.017,25€ son de aportación de esta Diputación Provincial de Burgos (resto subvención).

El listado comprensivo de dichas cantidades puede consultarse en la documentación que figura en esta página, bajo la denominación: "cuantías de financiación de la inversión".


Forma y plazo de presentación de las solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de Burgos. La documentación necesaria para participar en esta convocatoria es la siguiente:

  • Anexo I.- Solicitud individual de la inversión.
  • Anexo II.- Ficha resumen de solicitudes presentadas
  • Anexo III.- Certificado de aprobación de inversión.
  • Anexo IV.-. Certificado de rendición de cuentas.
  • Anexo V.- Declaración responsable.


Dicha documentación se presentará exclusivamente por medios electrónicos  en la sede electrónica  de la Diputación provincial de Burgos en la dirección https://registro.diputaciondeburgos.es/.

Documentación a remitir con anterioridad a la acreditación de la contratación de los proyectos subvencionados: La entidad local beneficiaria de la inversión, con posterioridad a la presentación de la solicitud, siempre antes de la ejecución del soporte informativo y el inicio de los trabajos de la inversión, y en todo caso, antes del 30 de abril de 2024, deberá remitir a esta Diputación para su aprobación, la correspondiente propuesta gráfica,  y de ubicación de la rotulación/soporte informativo que aparece descrita en la disposición 8ª de las bases.


El Manual de Estilo a seguir para las propuestas gráficas está disponible en la siguiente dirección de actualización permanente por la Junta de Castilla y León:
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/enlaces/1285137218796/Propuesta


Contratación de los proyectos: Una vez cumplimentado el trámite anterior, los municipios beneficiarios presentarán hasta el 1 de julio de 2024, exclusivamente en la sede electrónica de esta Diputación, la acreditación de la adjudicación de los proyectos o resolución de ejecución directa por la propia administración (Anexo VI.- Modelo acreditativo de la contratación).


Justificación proyectos financiados: El plazo para que las inversiones estén totalmente ejecutadas, certificadas y presentada su documentación  justificativa en la sede electrónica de esta Diputación será hasta el 30 de diciembre de 2024.  (Anexo VII.- Modelo acreditativo de la justificación).


Otros datos de interés: En el caso de que la entidad local beneficiaria de una ayuda presente con posterioridad al plazo la documentación necesaria, bien sea para participar en el procedimiento de solicitud, en el de acreditación de la adjudicación o en el de justificación, se seguirán los criterios de graduación, a efectos de la tramitación y resolución del procedimiento de pérdida de derecho al cobro de la ayuda concedida, regulados en el artículo 16 de la Orden PRE/804/2022,de 30 de junio.
Aplicación de remanentes: Esta prevista la aplicación de remanentes conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación y en la Base séptima de la convocatoria.
 


La documentación se presentará exclusivamente por medios electrónicos  en la sede electrónica  de la Diputación provincial de Burgos en la dirección https://registro.diputaciondeburgos.es/.