Fecha de Publicación: 
Lunes, 12 Enero, 2026
Anualidad: 
2026
Fecha límite de presentación: 
Jueves, 12 Febrero, 2026

BDNS (identif.): 879989
Fecha límite de justificación: 30 septiembre, 2027.

Bases Convocatoria Plan Entidades Locales Menores 2026

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Burgos, de fecha 11 de diciembre de 2025, se aprobó la “Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de ayudas a Entidades Locales Menores de la provincia de Burgos, pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes, durante el año 2026. (PEL-2026).

Este Plan tiene por objeto la financiación de obras de competencia municipal  y, en caso de así se solicite por las Entidades Locales Menores, y se apruebe por esta Diputación, los gastos ordinarios derivados del normal funcionamiento de los servicios municipales, con el límite del 50% de la inversión aprobada por esa Diputación, siempre que su importe no exceda de 3.000 €.

Serán objeto de subvención las obras iniciadas con fecha 1 de enero de 2026, y que hayan sido ejecutadas y justificadas en esta Diputación hasta el 30 de septiembre de 2027, así como el gasto corriente originado desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.

Serán por cuenta de los beneficiarios, y por tanto no serán subvencionables, las compraventas de inmuebles, los honorarios de redacción de informes, así como los honorarios de redacción y dirección de los proyectos de obra de las actuaciones a subvencionar, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales, registrales y los de administración específicos, tales como primas de cualquier tipo de seguro. De igual manera, no serán subvencionables, los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los gastos de procedimientos judiciales, ni la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico ni los relativos a atenciones protocolarias propias del ejercicio de representación de la Entidad Local  (Base 9ª).

El importe individual de cada una de las obras a subvencionar será por una cuantía igual o superior a 1.000 €.

El plazo de presentación de solicitudes (Anexo I – Solicitud y Anexo I – bis - Certificado del Secretario) será de 1 mes,  a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos. El lugar de presentación será, única y exclusivamente la sede electrónica de esta Diputación Provincial, utilizando el trámite establecido al efecto:
 

  • Convocatoria subvenciones –PEL 2026.


El plazo para que las inversiones estén totalmente ejecutadas, certificadas, aprobadas y presentada su documentación será hasta el 30 de septiembre  de 2027.
La justificación del gasto derivado del normal funcionamiento de los servicios deberá realizarse hasta el 30 de noviembre de 2026, sin posibilidad de prórroga alguna.

La documentación para justificar las subvenciones se presentará única y exclusivamente en la sede electrónica de esta Diputación Provincial, utilizando el trámite:
 

  • Justificación subvención – PEL 2026.


Estas subvenciones no son compatibles con otras ayudas concedidas a la Entidad con la misma finalidad.
Las facturas que los beneficiarios presenten en las justificaciones de las subvenciones sólo se imputarán para una única inversión y año.

Será optativo para los Ayuntamientos la colocación de cartelería publicitaria a pie de obra, según modelo disponible en la página web de esta Diputación. El coste del cartel podrá estar incluido en la documentación justificativa de la subvención.  


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