Plazo de solicitud/aceptación: quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP.
Requisitos y condiciones: las que se especifican en las bases.
El plazo será de quince días naturales desde el siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP.
No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos municipios en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al modelo Anexo II, que se acompaña a las Bases.
Se señala expresamente que no podrán ser beneficiarios aquellos municipios que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en la fecha de resolución de concesión de la presente convocatoria.
1.- El importe total del PLAN GENERAL DE EMPLEO 2026 asciende a 1.600.000,00 €. El crédito presupuestario destinado a financiar las subvenciones establecidas en las bases será el consignado a continuación:
| AÑO | aPLICACIÓN PRESUPUESTARIA | iMPORTE |
|---|---|---|
| 2026 | 97/2410/46200/8.5 | 1.600.000,00 euros |
Las previsiones contenidas en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de Burgos para el ejercicio 2026, y en particular aquellas relativas a anticipos, transferencias, créditos disponibles y principios de ejecución, resultarán de aplicación a la presente convocatoria.
2.- El importe de la subvención por cada contratación de, bien a jornada completa por un periodo de 90 días o bien a jornada parcial superior al 50% por un periodo de 180 días, será de 4.347,00 €. El importe máximo de subvención por cada municipio será de 8.694,00 €.
3.- Los municipios beneficiarios deberán aportar en fondos propios los importes señalados en la Base Decimoctava.