La concesión del aprovechamiento de los caudales necesarios, por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de los manantiales de "Fuente el Moro", "Fuente Peciña" y "Fuente Paredón", que forman el arroyo de Obarenes, en término de Obarenes, municipio de Encio, provincia de Burgos, de conformidad con la legislación de Aguas vigente.
La ejecución de las obras de captación de los referidos manantiales y conducción a depósitos reguladores.
El mantenimiento de la red y gestión del suministro hasta los depósitos reguladores de las respectivas redes municipales.
Ampliación de fines
La organización, gestión y administración unificadas del servicio de abastecimiento y distribución de agua potable a las poblaciones de Pancorbo, Altable y Valluércanes, así como la vigilancia, conservación y mantenimiento ordinarios de las redes de conducción y de distribución, una vez que sea efectivo el abastecimiento a dichas poblaciones desde la proyectada captación de fuentes sirvientes del arroyo Obarenes.
Las ampliaciones y renovación de las redes de distribución serán de la exclusiva responsabilidad y cuenta de los Ayuntamientos afectados.
La organización, gestión y administración unificadas del servicio de depuración de aguas residuales en las poblaciones de Pancorbo, Altable y Valluércanes, así como la vigilancia, conservación y mantenimiento ordinario de las redes de alcantarillado y de las instalaciones de depuración, una vez que el servicio de depuración de aguas residuales esté implantado en las tres poblaciones citadas.
Las ampliaciones y renovaciones de las redes de alcantarillado y de las instalaciones de depuración serán de exclusiva responsabilidad y cuenta de los Ayuntamientos afectados.
La organización, gestión y administración de un servicio único para la recogida de basuras domiciliares en las poblaciones de los Ayuntamientos mancomunados.
La organización, gestión y administración unificadas del servicio de abastecimiento y distribución de agua potable a las poblaciones de Pancorbo, Altable y Valluércanes, así como la vigilancia, conservación y mantenimiento ordinarios de las redes de conducción y de distribución, una vez que sea efectivo el abastecimiento a dichas poblaciones desde la proyectada captación de fuentes sirvientes del arroyo Obarenes.
Las ampliaciones y renovación de las redes de distribución serán de la exclusiva responsabilidad y cuenta de los Ayuntamientos afectados.
La organización, gestión y administración unificadas del servicio de depuración de aguas residuales en las poblaciones de Pancorbo, Altable y Valluércanes, así como la vigilancia, conservación y mantenimiento ordinario de las redes de alcantarillado y de las instalaciones de depuración, una vez que el servicio de depuración de aguas residuales esté implantado en las tres poblaciones citadas.
Las ampliaciones y renovaciones de las redes de alcantarillado y de las instalaciones de depuración serán de exclusiva responsabilidad y cuenta de los Ayuntamientos afectados.
La organización, gestión y administración de un servicio único para la recogida de basuras domiciliares en las poblaciones de los Ayuntamientos mancomunados.
Constituida por Orden de la Junta de Castilla y León de 25 de junio de 1990, publicados en Boletín Oficial de Castilla y León nº 127, de 3 de julio de 1990.
Por Orden de la Junta de Castilla y León de 29 de mayo de 1992, publicados en el B.O.C.L. nº 107, el día 5 de junio de 1992, aparece publicado la aprobación de la modificación de los Estatutos. (AMPLIACION DE FINES)
Informada favorablemente su constitución en Comisión de Gobierno de 12 de noviembre de 1987.
Ratificada por Pleno de la Excma. Diputación de 13 de julio de 1989.
Informado favorablemente por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial su ampliación de fines con fecha 19 de febrero de 1992.
Incorporación del Ayuntamiento de AMEYUGO, por Orden de la Junta de Castilla y León de 26 de octubre de 1994, publicada en el B.O.C.L. nº 211, de fecha 2 de noviembre de 1994, se aprueba su incorporación, informado favorablemente por el Pleno de la Excma. Diputación de fecha 22 de octubre de 1993.
Con fecha 4 de marzo de 1994 se informo favorablemente la adhesión de los Municipios de CUBO DE BUREBA y VALLARTA DE BUREBA, siendo ratificada por el Pleno el día 10 de marzo de 1994. Por Orden de la Junta de Castilla y León de 9 de marzo de 1995, se publica en el B.O.C.L. nº 52, de 15 de marzo de 1995.
Informada favorablemente la adhesión del Municipio de VILLANUEVA DE TEBA, en Pleno de 14 de julio de 1994. Por Orden de la Junta de Castilla y León de 12 de enero de 1995, se publica en el B.O.C.L. nº 12, de 18 de enero de 1995.
Por Orden de la Junta de Castilla y León de 5 de mayo de 1997, se publica en el B.O.C.L. nº 88, de 12 de mayo de 1997, se incorporan los Ayuntamientos de FUENTEBUREBA y SANTA MARIA RIVARREDONDA.
Incorporación del Municipio de BUGEDO, por Orden de la Junta de Castilla y León de 29 de octubre de 1997, se publica en el B.O.C.L. nº 216 de 10 de noviembre de 1997.
Incorporación de los Municipios de BERZOSA DE BUREBA, MIRAVECHE, LA VID DE BUREBA y ZUÑEDA, por Orden de la Junta de Castilla y León de 24 de septiembre de 2001, se publica en el B.O.C.L. nº 203 de 18 de octubre de 2001.
Incorporación de los Municipios de BOZOO, ENCIO y SANTA GADEA DEL CID, por Orden de la Junta de Castilla y León de 3 de octubre de 2003, se publica en el B.O.C.L. nº 205 de 22 de octubre de 2003.
Exenciones
Del puesto de trabajo de Secretaria-Intervención de la Mancomunidad "Desfiladero y Bureba", permitiendo que las funciones correspondientes al mismo sean desempeñadas por un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional que preste sus servicios en alguno de los Municipios mancomunados, a elección del Consejo de la Mancomunidad.
Del puesto de trabajo de Secretaria-Intervención de la Mancomunidad "Desfiladero y Bureba", permitiendo que las funciones correspondientes al mismo sean desempeñadas por un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional que preste sus servicios en alguno de los Municipios mancomunados, a elección del Consejo de la Mancomunidad.